A partir del 3 de abril de 2025, entra en vigor una nueva obligación que afecta a los autónomos que tienen empleados: si se retrasan más de 15 días en el pago de la nómina, deberán indemnizar al trabajador. Esta modificación del Estatuto de los Trabajadores es un cambio importante que busca proteger los derechos de los empleados.
La nueva normativa, que forma parte de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia, establece claramente cuándo un retraso en el pago puede ser motivo suficiente para que un empleado decida terminar su contrato con derecho a recibir una indemnización. Esto impacta a cerca de 500.000 autónomos en España que tienen asalariados.
En concreto, el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores ha sido actualizado para definir con precisión los plazos que indican cuándo un retraso en el salario se considera una causa justa para la finalización del contrato laboral. Antes, aunque ya se reconocían los retrasos como motivos para terminar la relación laboral e indemnizar al trabajador, no se especificaban los plazos necesarios para que estas situaciones se consideraran válidas.
Con esta nueva regulación, se establece que un retraso se produce cuando el pago se demora más de 15 días respecto a la fecha acordada. Este cambio elimina la confusión que existía antes y brinda mayor seguridad tanto a los trabajadores como a los empleadores. Además, refuerza la postura del Tribunal Supremo, que ya había señalado que el retraso en el pago del salario es lo suficientemente grave como para justificar la terminación del contrato con indemnización.
Condiciones para la extinción del contrato
La normativa también especifica las condiciones que deben cumplirse para que un trabajador pueda solicitar la extinción de su contrato con derecho a indemnización:
- Que la demora se produzca en seis meses, aunque no sean consecutivos, durante la vigencia del contrato, o
- Cuando se le adeuden tres mensualidades completas, aunque tampoco sean consecutivas, en el período de un año.
En cualquiera de estos casos, los empleados tendrán derecho a percibir una indemnización equivalente a la de un despido improcedente, es decir, 33 días de salario por cada año trabajado, con un límite máximo de 24 mensualidades. Esta compensación se aplica incluso si es el propio empleado quien decide rescindir el contrato[2].
Impacto para los autónomos con asalariados
Esta modificación afecta directamente a 492.985 autónomos con asalariados a cargo, que emplean a más de 1,1 millones de trabajadores en España, según datos recientes de la Seguridad Social[1]. Este colectivo ya se ha visto afectado por numerosas novedades laborales desde el fin de la pandemia, siendo esta una de las más recientes y significativas.
El retraso en el pago de nóminas no solo puede implicar la obligación de indemnizar a los trabajadores que decidan extinguir su contrato, sino que también puede considerarse una infracción administrativa grave. En estos casos, las autoridades competentes pueden imponer sanciones económicas que oscilan entre 6.251€ y 25.000€. Esta doble consecuencia económica (indemnización y posible sanción) hace que el cumplimiento puntual en el pago de salarios sea una cuestión de especial relevancia para los autónomos empleadores.
El contexto legal del pago de nóminas
Es importante recordar que, aunque el Estatuto de los Trabajadores no establece un día concreto para el pago de las nóminas, sí determina que este debe realizarse «puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres». Asimismo, establece que el salario debe abonarse en el plazo más breve posible y, en todo caso, dentro del mes siguiente a la realización del trabajo.
La fecha exacta de pago suele venir determinada por el convenio colectivo aplicable o por los acuerdos individuales establecidos entre empleador y trabajador. Lo que ahora queda claramente definido es que, sea cual sea esta fecha, un retraso superior a 15 días puede tener graves consecuencias legales para el autónomo empleador.
Derechos de los trabajadores ante retrasos en las nóminas
Los trabajadores afectados por retrasos en el pago de sus salarios disponen ahora de un marco legal más claro para defender sus derechos. El Tribunal Supremo ya había establecido en su doctrina que cuando las empresas se retrasan en el pago de los salarios, los empleados pueden extinguir el contrato de forma unilateral percibiendo una cuantía económica similar a la que se recibe en un despido improcedente.
Con la nueva normativa, los trabajadores pueden solicitar la extinción de su contrato laboral cuando se cumplan las condiciones mencionadas anteriormente. Además, tienen derecho a cobrar un recargo por mora a la empresa por cada día de retraso en el pago de su salario.
Los pasos recomendados para un trabajador que sufre retrasos en el pago de su nómina son:
- Hablar con el empleador o con el responsable de Recursos Humanos para informar del retraso y solicitar el abono del salario lo antes posible.
- Solicitar un recibo de pago donde se especifique la fecha en que debería haberse abonado el salario y la cantidad adeudada, que servirá como prueba en caso de necesitar realizar reclamaciones posteriores[4].
Recomendaciones prácticas para autónomos empleadores
Ante esta nueva situación legal, los autónomos con trabajadores a su cargo deberían considerar las siguientes recomendaciones:
- Establecer un calendario de pagos claro y respetarlo escrupulosamente, evitando superar en ningún caso el límite de 15 días de retraso.
- Implementar sistemas de gestión financiera que permitan prever posibles problemas de liquidez con antelación suficiente para buscar soluciones.
- En caso de dificultades económicas puntuales que puedan derivar en retrasos en el pago de nóminas, comunicarse con los trabajadores con la mayor transparencia y antelación posible.
- Considerar opciones de financiación a corto plazo para garantizar el pago puntual de las nóminas, evitando así posibles indemnizaciones y sanciones que resultarían más costosas.
Conclusión
La entrada en vigor de esta modificación del Estatuto de los Trabajadores supone un importante cambio en las relaciones laborales entre autónomos empleadores y sus trabajadores. La fijación de un plazo concreto (15 días) para considerar que existe un retraso en el pago del salario, así como las condiciones específicas que dan derecho a la extinción indemnizada del contrato, proporcionan mayor seguridad jurídica a ambas partes.
Para los autónomos, esta normativa implica una mayor responsabilidad en la gestión puntual de los pagos a sus empleados, con consecuencias económicas potencialmente graves en caso de incumplimiento. Para los trabajadores, supone una mayor protección de su derecho a percibir el salario en tiempo y forma, con mecanismos claros de actuación cuando este derecho se vea vulnerado.
En un contexto económico a menudo incierto para muchos autónomos, la planificación financiera y la priorización del pago puntual de las nóminas se convierten en elementos aún más cruciales para la viabilidad y el correcto funcionamiento de sus negocios.
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