¿COMO SOLICITO LA DEVOLUCIÓN DE LA PLUSVALÍA MUNICIPAL?

Desde que la crisis económica provocó el desplome del precio de la vivienda estamos oyendo hablar, con más o menos intensidad, de la “injusticia” que supone pagar al Ayuntamiento de turno el impuesto por el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como Plusvalía, en aquellos casos en los que la transmisión del inmueble se lleva a cabo  por debajo, a veces muy por debajo, del valor de adquisición y, por tanto, no se ha producido un incremento del valor, sino todo lo contrario.

Hasta ahora se habían sucedido sentencias, de distintos Juzgados y Tribunales que ponían en cuestión que pudiese exigirse el impuesto cuando la transmisión del bien no generaba incremento alguno de valor; pero el pasado 16 de Febrero de 2017 se produjo un punto de inflexión muy relevante en esta cuestión pues fue el Tribunal Constitucional el que consideró en Sentencia que dicho impuesto, aplicado en aquellos casos en que no se ha producido incremento de valor en el bien transmitido, vulneraba la Constitución.

Esta Sentencia, al igual que ha ocurrido en otras cuestiones (por ejemplo, las cláusulas suelo), ha supuesto el acicate definitivo para que aquellos contribuyentes que han hecho frente a este impuesto, considerándolo injusto, y que estaban valorando solicitar al Ayuntamiento su devolución.

Si éste es su caso, en este Artículo te explicamos cómo puede solicitar la devolución de la Plusvalía pagada.

 

INICIAR UN PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS

La plusvalía municipal debe abonarse, bien en los 30 días hábiles siguientes a la transmisión, si ésta se lleva a cabo inter vivos, bien en el plazo de seis meses (prorrogable por otros seis más), si la transmisión se produce mortis causa (por herencia).

Si hemos cumplido con esos plazos y hemos abonado al Ayuntamiento el impuesto, el camino para solicitar la devolución del importe pagado por la “Plusvalía municipal” es el procedimiento de devolución de ingresos indebidos.

Para iniciar el procedimiento se debe formular una solicitud dirigida al Ayuntamiento u órgano competente para resolver, adjuntando los siguientes datos:

– Justificación del ingreso indebido, es decir, el justificante de haber pagado el impuesto.

– Documentos que acrediten el derecho a la devolución, (por ejemplo, las escrituras de compra y de venta del inmueble, o una tasación).

– El medio elegido para hacer efectiva la devolución: transferencia (indicando la cuenta corriente) o cheque cruzado o nominativo.

– En su caso solicitud de compensación, si se tiene alguna otra deuda con la misma Administración.

 

EJECUTAR LA DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS.

Reconocido el derecho a la devolución de la Plusvalía, por parte del Ayuntamiento se procederá a la inmediata ejecución de la devolución.

 

Si desea más información o asesoramiento sobre plusvalía municipal, nuestro equipo de abogados en Elche está preparado para atenderle de manera personalizada.

 

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