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Guía para Agencias de Viajes sobre el Real Decreto 933/2021: Obligaciones y Multas

El Real Decreto 933/2021, aprobado el 26 de octubre, introduce nuevas obligaciones para las personas físicas y jurídicas que realizan actividades relevantes para la seguridad ciudadana, incluidas las agencias de viajes. En este artículo te explicamos de manera clara y detallada qué implica esta normativa, qué medidas debes implementar y cómo evitar sanciones.

¿Qué es el Real Decreto 933/2021 y por qué es relevante para las agencias de viajes?

El Real Decreto tiene como objetivo reforzar la seguridad ciudadana estableciendo nuevas obligaciones de registro y comunicación de datos para ciertas actividades, como el hospedaje y el alquiler de vehículos. Esta normativa cobra especial importancia para las agencias de viajes, que deben adaptarse a estos nuevos requerimientos al actuar como intermediarias en reservas de alojamiento o alquiler de vehículos.

Actividades incluidas en la normativa

El Real Decreto 933/2021 identifica dos actividades principales que deben cumplir con estas obligaciones:

1. Hospedaje: Incluye hoteles, hostales, casas rurales, campings y plataformas digitales que intermedian en estas actividades, ya sea con ánimo de lucro o de manera gratuita.

2. Alquiler de vehículos sin conductor: Aplicable tanto a empresas especializadas como a plataformas digitales que gestionen este tipo de servicios.

Para las agencias de viajes, esto significa que cualquier operación relacionada con estas actividades deberá ser registrada y comunicada.

Obligaciones principales para las agencias de viajes

Para garantizar el cumplimiento de la normativa, las agencias de viajes deben implementar medidas específicas en dos áreas clave: el registro documental y la comunicación de datos.

Registro documental

Las agencias deben mantener un registro informatizado de los datos de sus clientes y servicios contratados. Esto incluye:

– Datos personales del cliente.

– Información detallada de la reserva o del servicio contratado.

– Conservación de los datos durante un periodo mínimo de tres años.

El registro debe cumplir con los anexos del Real Decreto y estar siempre accesible para posibles inspecciones.

Comunicación de datos

Las agencias deben comunicar la información a las plataformas habilitadas en un plazo máximo de 24 horas desde los siguientes momentos:

– Formalización o cancelación de la reserva.

– Inicio del servicio contratado.

Esto garantiza una comunicación inmediata y actualizada con las autoridades.

Multas e infracciones por incumplimiento

El Real Decreto establece sanciones claras para quienes no cumplan con las obligaciones. Las multas varían en función de la gravedad de la infracción:

Infracciones graves: Incluyen la falta de registros o la omisión de comunicaciones obligatorias, con sanciones que van desde 601€ hasta 30.000€.

Infracciones leves: Como errores en los registros o comunicaciones tardías, con multas de 100€ a 600€.

Es fundamental que las agencias de viajes implementen sistemas eficientes para evitar estas sanciones.

¿Qué hacer en caso de negativa del cliente a proporcionar datos?

Si un cliente se niega a facilitar sus datos, la agencia debe documentar el incidente y valorar si desea continuar con la reserva. Aunque no es posible obligar al cliente a compartir esta información, es importante dejar constancia escrita del caso para evitar problemas legales.

Plataformas para la gestión de datos

Existen dos plataformas principales para cumplir con las obligaciones del Real Decreto:

1. SES.Hospedajes: Plataforma nacional gestionada por el Ministerio del Interior y aplicable en todo el territorio español, salvo Cataluña.

2. Registre de Viatgers: Exclusiva para Cataluña y gestionada por los Mossos d’Esquadra.

Es importante que las agencias conozcan cuál de estas plataformas deben utilizar según su ubicación y actividades.

Consejos prácticos para cumplir con la normativa

Cumplir con el Real Decreto 933/2021 no tiene por qué ser complicado. Algunos consejos clave incluyen:

Formación: Asegúrate de que tu equipo esté al tanto de las nuevas obligaciones.

Protocolos internos: Diseña procesos claros para el registro y comunicación de datos.

Uso de software: Implementa herramientas que automaticen las tareas administrativas y garanticen el cumplimiento normativo.

Contacto con autoridades: Mantén una comunicación fluida con las entidades responsables para resolver dudas o reportar incidencias.

¡Podemos ayudarte!

En Botella & Asociados, somos expertos en asesorar a empresas y agencias de viajes en el cumplimiento de normativas legales. Si necesitas ayuda para implementar los requisitos del Real Decreto 933/2021 o tienes dudas sobre cómo proceder, nuestro equipo está aquí para ayudarte.

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